San Jos‚ de Balcarce, 17 de mayo de 1982.- VISTO: Visto las facultades conferidas a los Intenden- tes Municipales por la Ley Org nica de las Municipalidades y sus mo- dificatorias, el Intendente Municipal de Balcarce sanciona con fuerza de O R D E N A N Z A ----------------- ARTICULO 1§: Transfi‚rese a t¡tulo gratuito al Instituto de la Vi- ------------ vienda de la Provincia de Buenos Aires las tierras que se detallan en el art¡culo 2§, propiedad municipal, donde se ha cons- tru¡do un conjunto habitacional ex-Pevep de 97 viviendas.------------ ARTICULO 2§: Las tierras cuya transferencia se autoriza, con una su- ------------ perficie total de 21.060 metros cuadrados, se identifi- can catastralmente como Circunscripci¢n XI - Secci¢n A - Chacra 56 - Parcela 3 registrado en la Matr¡cula 3086 de Balcarce (8) a favor de la Municipalidad de Balcarce.---------------------------------------- ARTICULO 3§: La transferencia se realiza a los efectos de formalizar ------------ posteriormente el acto de escrituraci¢n a favor de los leg¡timos adjudicatarios, a trav‚s de la Escriban¡a General de Go- bierno y dar cumplimiento a lo normado por el art¡culo 9§ de la Ley 21.581.-------------------------------------------------------------- ARTICULO 4§: C£mplase, comun¡quese, tomen raz¢n a sus efectos las Se- ------------ cretar¡as Municipales, Divisi¢n Patrimonio, Oficina de Prensa, comun¡quese al Instituto de la Vivienda y d‚se al Registro Oficial de Ordenanzas.----------------------------------------------- ORDENANZA N§ 409.- ------------------